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Horas extraordinarias: guía y puntos clave

En todos los trabajos, sean de la naturaleza que sean, puede suceder que se necesite dedicar más horas que las inicialmente acordadas. ¿Alguna vez tu jefe te ha pedido realizar unas horas de trabajo adicionales? ¿Tal vez eres tú quién se las pide realizar a un empleado? Cualquiera que sea el caso, si eres un trabajador por cuenta ajena o tienes empleados a tu cargo, te interesará conocer un poco más sobre las tan famosas horas extraordinarias.
¿Qué son las horas extraordinarias?
Las horas extraordinarias u horas extra, como se les suele abreviar, son aquellas que llevan a cabo los trabajadores fuera de la jornada laboral acordada. Eso sí, sin superar el máximo establecido por ley. Cuando hablamos de horas extraordinarias debemos entender que estas solo ocurren bajo una relación laboral a tiempo completo, es necesario este tipo de contrato para denominarlas así. Existe otra tipificación denominada horas complementarias que está relacionada con el régimen de trabajo a tiempo parcial, y que en este caso son denominadas así.
¿Quiénes pueden realizar horas extraordinarias?
Todo aquel trabajador mayor de 18 años que esté contratado a tiempo completo es candidato a realizar horas extraordinarias. De esta manera, es necesario ser un trabajador en relación laboral a tiempo completo. Sin embargo, hay excepciones que la ley ampara prohibiendo la realización de estas horas extras. ¿Sabes qué casos son?
Trabajadores menores de 18 años de edad.
Trabajadores en jornada nocturna. Es decir, aquellos que trabajan al menos 3 horas dentro del horario de 10pm y 6am.
Trabajadores que lo hacen en el interior de una mina.
Empleados en contrato de formación.
Personas contratadas a tiempo parcial.
Trabajadores que se encuentra en un ERTE con reducción de su jornada laboral.
Tipos de horas extraordinarias
Se distinguen básicamente dos tipos de horas extraordinarias:
Las horas extraordinarias comunes o habituales:
Son horas adicionales que se realizan fuera del horario de trabajo habitual. Normalmente, son horas de trabajo requeridas por la empresa para poder cubrir, por ejemplo, picos de trabajo o situaciones imprevistas de acumulación esporádica de tareas. Se realizan para ayudar a la empresa en momentos puntuales, por ejemplo, porque hay muchos trabajadores de baja laboral, porque han surgido muchos pedidos de clientes que hay que atender, porque se acaban los plazos de algún asunto esencial para la compañía, etc. Suelen ser actividades consideradas esenciales o estructurales para la organización y sobre todo deben ser puntuales. Estas horas a su vez se dividen en:
Horas voluntarias: se realizan de manera voluntaria por el empleado cuando la empresa se lo propone al trabajador. En estos casos puntuales, el empleado puede aceptar hacerlas o no.
Horas obligatorias: Tal y como indica su nombre el trabajador está obligado a realizarlas cuando la empresa se lo propone siempre que no supere el máximo de 80 horas extraordinarias al año.
Horas extraordinarias por fuerza mayor
Son las horas llamadas urgentes y que se deben a situaciones de urgencia, como por ejemplo reparar un siniestro, un daño urgente, un accidente, o algo que sea extraordinario. La empresa las proponer, pero el trabajador ha de realizarlas si o si, bajo sanción si no lo hace. Su cómputo es diferente y no se suman al límite anual establecido por la ley, aunque son remuneradas para el empleado que las hace.
¿Cuándo son obligatorias las horas extraordinarias?
En caso de siniestros y daños extraordinarios y urgentes, la empresa puede obligar a trabajar horas extras a fin de hacer frente a este tipo de imprevistos. Este es el caso cuando se suceden eventos de fuerza mayor (también mencionados en el ámbito legal como ”Force Majeure” y como ”Acts of God” o ”Acts of Nature”). Las situaciones incluidas bajo el concepto de fuerza mayor se establecen en el Código Civil Español.
¿Por qué se limitan las horas extraordinarias?
Básicamente existen dos razones que se disputan sobre un balancín. Por un lado, sirve para limitar la influencia que pudiera llegar a tener la empresa sobre el trabajador. Por otro lado, evita que el trabajador voluntariamente merme su rendimiento a fin de intentar realizar el trabajo que normalmente debiera completar en su jornada habitual con el objetivo en mente de percibir una mayor remuneración al final del camino. De este modo, para evitar abusos tanto de trabajadores como de empresas se decidió establecer un límite a la cantidad de horas extras que se pueden realizar. El Estatuto de los Trabajadores estableció ese límite en 80 horas anuales, pero esto puede ser modificado a la baja por los convenios colectivos.
Cotización y retribución de horas extraordinarias
A fin de cuantificar las horas extraordinarias, la empresa debe llevar un control horario de cada trabajador. De esta forma se puede determinar cuántas son horas extraordinarias del total que ha trabajado el empleado y así poder determinar la compensación correspondiente. La ley establece que: ”se abonarán económicamente o se compensarán con descanso por pacto individual o colectivo”. Esto significa que el trabajador podrá ser compensado ya sea con tiempo adicional de descanso o mediante remuneración económica. En el caso de remuneración, se regirá de acuerdo con el convenio colectivo o pacto individual, pero en ningún caso el valor será menor al de las horas ordinarias. En el caso de retribución por tiempo de descanso retribuido, este será de igual cuantía a las horas extraordinarias trabajadas y deberá disfrutarse en un plazo no superior a los cuatro meses posteriores a la realización de esas horas extras. En cuanto a la cotización a la Seguridad Social, la contribución varía para la empresa y el trabajador. El cuadro siguiente muestra el porcentaje según la naturaleza de las horas extraordinarias:
Naturaleza del tiempo extraordinario trabajado | Contribución de la empresa | Contribución del trabajador | Total |
---|---|---|---|
Ordinaria | 23,60 % | 4,70 % | 28,30% |
Fuerza mayor | 12,00% | 2,00% | 14,00% |
Registro de horas extraordinarias
De acuerdo a la ley, se debe llevar el registro de las horas trabajadas para cada empleado. La selección de la herramienta a utilizar para llevar el registro de la jornada laboral queda a discreción de la empresa. Lo importante es realizar la tareas de forma que exista información cierta de las horas que cada empleado ha estado trabajando. Hoy en día existen muchas herramientas de software para esto.
Conclusión
Como hemos visto en nuestro deambular a través de la normativa laboral establecida a la fecha, existen sutiles matices sobre el mismo tema. El objetivo final es el de delinear unos claros límites y definiciones a la participación, voluntaria u obligada, del empleado. Mucho más allá de lo establecido en la normativa sobre la participación como trabajadores en la empresa. Cuando firmamos estar de acuerdo con la relación de trabajo que nos propone la empresa, ponemos nuestro visto bueno en ese compromiso, que debemos honrar al igual que la empresa u organización que lo propone y respalda. Desde ese momento y en adelante nos queda solo cumplir con lo acordado.
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